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Martes, 05 Mayo 2015 19:17

Ley de Fomento de la Financiación Empresarial

Con fecha 28 de abril de 2015 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley 5/2015 de 27 de abril, de Fomento de la Financiación Empresarial. 

Las compañías españolas han sido de forma tradicional muy dependientes de la financiación bancaria, tanto para sus necesidades de inversión para su operativa corriente. Esta dependencia es aun más acusada en el caso de las compañías de menor dimensión, cuyo volumen complica enormemente el acceso directo a los mercados. Por su parte, las pequeñas y medianas empresas forman el porcentaje mayoritario del tejido empresarial de España y son, en su conjunto, el primordial empleador del país, con lo que una limitación en el acceso al crédito, derivada de inconvenientes en un inicio de clase rigurosamente financiera, tiene un impacto muy significativo en el conjunto de la economía. La función de la pyme en una economía desarrollada como la nuestra no se agota en su contribución al desarrollo de la renta nacional, al consumo o bien a la generación de empleo, sino asimismo se manifiesta sobre el bienestar y la estabilidad social y económica del país. 

Entre las medidas que incorpora la Ley, se establece la obligación de las entidades de crédito de avisar por escrito y con una antelación mínima de 3 meses, su pretensión de no prorrogar o bien extinguir el flujo de financiación que vengan concediendo a una pyme o bien de reducirlo en una cuantía igual o bien superior al treinta y cinco por ciento. La entidad de crédito va a deber facilitar por si fuera poco a la pyme, en los diez días hábiles siguientes a la notificación prevista previamente, de forma gratis y en un formato estandarizado, conforme los criterios del Banco de España, un documento llamado “Información Financiera-PYME”, basado en toda la información crediticia que hubiere recabado de ella. 

En la nueva ley se articulan un conjunto de medidas con una doble finalidad. La primera pretende hacer más alcanzable y flexible la financiación bancaria a las pequeñas y medianas empresas, y una parte de la convicción de la necesidad de fortalecer la restauración del crédito, dada su vital relevancia en nuestro sistema de finanzas. La segunda pretende avanzar en el desarrollo de medios alternos de financiación, sentando las bases regulatorias precisas para robustecer las fuentes de financiación corporativa directa o bien financiación no bancaria en España.

► Acceso a PDF y descargas: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-4607

Oscar Alonso

Economista

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