La definición de PYME innovadora y los criterios para poder considerar a una PYME como intensiva en I+D+i quedaron recogidos en el Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador. En dicho Real Decreto se establece como una de las formas para demostrar que una PYME es intensiva en I+D+i el disponer de una patente propia en explotación en un período no superior a cinco años anterior al ejercicio del derecho de bonificación.
La creación del sello de PYMES innovadoras y de un registro de las mismas en el Ministerio de Economía y Competitividad busca ponerlas en valor, favorecer su identificación y ayudar a la formulación posterior de políticas específicas para las mismas.
El Registro de PYMES innovadoras, de carácter gratuito para las empresas y con un alto grado de automatismo en su actualización, no supondrá nuevas estructuras ni barreras administrativas para las mismas y facilitará el acceso de las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) a la contratación pública.
Si estas interesado en solicitar el sello de pyme innovadora, puedes hacerlo telemáticamente en la web del Ministerio de Economía.